martes, 31 de agosto de 2010

TESTAMENTOS

Mediterráneo, 2 de noviembre de 2006
TESTAMENTOS
Todos tenemos que morir, suena mal pero es así, evidentemente cuanto más tarde mejor, pero que nos pille preparados, y tanto personalmente como respecto a nuestros seres queridos que van a sufrir y mucho con nuestra ausencia, por tanto es ilógico crearles problemas, una de las cosas más útiles es otorgar testamento, sobre el que hay muchos malos entendidos, no es gafe, no es caro (36,61 €), y se puede otorgar a cualquier edad a partir de los 14 años.
El testamento es el acto por el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte. Hay varias clases, cerrado, ológrafo o especiales pero el más operativo es el abierto notarial. Debe acudir a un notario, de los que en Castellón tenemos muchos y buenos, que le asesorará de la fórmula jurídica más idónea para conseguir que se cumpla su voluntad, que no siempre es posible en su totalidad porque hay que respetar las legítimas de los herederos forzosos, que varían según comunidades autónomas. En derecho común aplicable a la Comunidad Valenciana son los descendientes, a falta de éstos ascendientes y el cónyuge viudo, sólo se les puede privar de su parte por justa causa de desheredación, es previsible que la próxima reforma del derecho civil valenciano dará más libertad en lo concerniente a esta materia. Supone una previsión para que prevalezca la voluntad del testador y evitar complicaciones, pérdidas de tiempo y costes innecesarios en el momento del fallecimiento, que si se produce sin testamento obliga a realizar una declaración de herederos, por acta notarial si son los forzosos o procedimiento judicial en otro caso.
Hágalo, estará más tranquilo y eso colabora a una larga vida que ojalá todos tengamos.

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