jueves, 23 de septiembre de 2010

ADIOS ART. 14 CONST.

Mediterráneo, 22 de mayo de 2008
ADIOS ART. 14 CONST.
Últimamente vamos acostumbrándonos a que lo que parece ser, no es, y lo que conocemos con un nombre se le llama de otro modo, buscando ocultar una realidad que puede resultar hiriente. Así ya no hay asesinos terroristas, ni trasvases, ni ejército, ni guerra, ni crisis económicas, ni dos y dos son cuatro. En esa línea parece enmarcarse la sentencia del Tribunal Constitucional que acepta la discriminación positiva en el ámbito del Derecho Penal en la Ley contra la Violencia de Género. Eso sí, por la mínima y tras varios meses e innumerables borradores y proyectos de sentencia y es que avalar que se imponga más pena si el delincuente es hombre que si es mujer, ojo, con carácter legal, no por las circunstancias singulares de cada caso que ponderaría el juez, supone ni más ni menos que cargarse el artículo 14 de la Constitución, sin reforma constitucional y dejarlo al capricho del gobierno que legisle en cada momento. Recordemos que es el que establece que los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión..., por la misma regla de tres, podrían ser más penados, el de raza blanca que el negro, el rico que el pobre, o el católico que el musulmán, el portillo de barbaridades es infinito y la justicia un bonito recuerdo. Ya puestos, se les ha olvidado en qué situación quedan los matrimonios de homosexuales; o los casos en que la señora pesa 100 kg. y otro tanto de carácter y él es un pobre calzonazos esmirriado. Por supuesto con la violencia doméstica se debe tener tolerancia cero, pero con cualquier tipo, la ley no puede interpretarse como convenga a pesar de la literalidad del texto. Debe ser difícil ser serio y afirmar que lo blanco es negro.

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